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despuesdegoogle

internet y pos(t)modernidad


Atención: Este blog ya no se actualiza. Desde el 22 de agosto de 2011 se ha integrado en el nuevo blog tiempos pos(t)modernos, que te invitamos a visitar



Archive for the ‘compartir’ tag

Kopimism, la religión sueca del copiar y pegar

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kopimism
La Iglesia de Kopimism quiere que se reconozca oficialmente su religión, al amparo de la Constitución sueca que admite la libertad de fe y culto sin restricciones. Los símbolos sagrados de esta religión están inspirados en los comandos CTRL+C y CTRL+V, ya que sus creencias están basadas en el acto de compartir. Una conducta generosa que dignifica la Humanidad, en contra del copyright y el código propietario que comparan a prácticas esclavistas.
Puedes contactar con los Misioneros Kopimistsamfundet, organización fundada por el joven Isaac Gerson, en su web oficial (versión inglesa).

Enlace: File-Sharers Await Official Recognition of New Religion (TorrentFreak)

Written by emiligene

abril 18th, 2011 at 12:15 pm

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OExchange, protocolo abierto y distribuido para compartir enlaces

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OExchange se presenta como nuevo protocolo estándar para compartir enlaces en la red que evite la dispersión actual. Así, tendríamos un único sistema frente a los muchos actuales (Twitter, Facebook, Delicious, Bitacoras…) con los que enviamos, compartimos, archivamos o votamos posts o páginas a medida que vamos navegando.
El proyecto me recuerda el plugin Share This que agrupa decenas de lugares a modo de metaservicio. Con una importante diferencia: el visitante de un sitio o blog que haya implementado OExchange edita y gestiona la lista de redes a las que envía enlaces como usuario registrado, mediante una única autorización.

El nuevo protocolo cuenta con el soporte de Digg, Google, LinkedIn, Microsoft o Posterous, aunque parece que los principales actores (como Twitter) se resisten a adoptarlo.
Disponibles especificación técnica y algunas herramientas para desarrolladores

Vía GigaOM

Written by emiligene

junio 3rd, 2010 at 3:02 pm

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Unlisted vídeos, YouTube añade una tercera opción de privacidad

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Hasta ahora cuando subimos un vídeo a YouTube podemos elegir entre dos formas de visibilidad: público (por defecto) o privado (limitado a un máximo de 25 personas)
YouTube anuncia una tercera opción (todavía no aparece en mi cuenta), que denomina Unlisted (algo así como Fuera de lista, no listado) y que podrá ser visto por todos aquellos usuarios a los que envíes el enlace. Una opción que en principio puede resultar chocante (¿por qué no hacerlo público si de todas formas vamos a publicar el enlace correspondiente?) pero que se justifica en que quedará fuera de la indexación de YouTube y por tanto alejado de las búsquedas.

Written by emiligene

mayo 13th, 2010 at 8:22 pm

Posted in videoOnLine

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Cuánta privacidad nos reduce Facebook [infografía]

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Por si nos quedaban dudas o pensábamos que se trataba de una cuestión coyuntural y no una tendencia: abrumadora infografía, que revela gráficamente cómo Facebook va reduciendo nuestra privacidad, un capital que cada vez más está dispuesto a gestionar sin pedirnos permiso.

La imagen completa (también en versión interactiva), en mattmckeon

Written by emiligene

mayo 9th, 2010 at 6:22 pm

Posted in redSocial

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Red S@Stenible: Internet no será otra tele

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Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos:

1 -Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático en especial la presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado, protección de consumidoras y consumidores, entre otros.
2 – Genera para la Internet un estado de excepción en el cual la ciudadanía será tratada mediante procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.
3 – Establece un procedimiento punitivo “a la carta” para casos en los que los tribunales ya han manifestado que no constituían delito, implicando incluso la necesidad de modificar al menos 4 leyes, una de ellas orgánica. Esto conlleva un cambio radical en el sistema jurídico y una fuente de inseguridad para el sector de las TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación). Recordamos, en este sentido, que el intercambio de conocimiento y cultura en la red es un motor económico importante para salir de la crisis como se ha demostrado ampliamente.
4 – Los mecanismos preventivos urgentes de los que dispone la ley y la judicatura son para proteger a toda ciudadanía frente a riesgos tan graves como los que afectan a la salud pública. El gobierno pretende utilizar estos mismos mecanismos de protección global para beneficiar intereses particulares frente a la ciudadanía. Además la normativa introducirá el concepto de “lucro indirecto”, es decir: a mí me pueden cerrrar el blog porque “promociono” a uno que “promociona” a otro que linka a un tercero que hace negocios presuntamente ilícitos
5 – Recordamos que la propiedad intelectual no es un derecho fundamental contrariamente a las declaraciones del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Lo que es un derecho fundamental es el derecho a la producción literaria y artística.
6 – De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor. Entendemos que si éste es el objetivo de la disposición, no es necesaria, ya que con la legislación actual existen procedimientos que permiten actuar contra webs, incluso con medidas cautelares, cuando presuntamente se esté incumpliendo la legalidad. Por lo que no queda sino recelar de las verdaderas intenciones que la motivan ya que lo único que añade a la legislación actual es el hecho de dejar la ciudadanía en una situación de grave indefensión jurídica en el entorno digital.
7 – Finalmente consideramos que la propuesta del gobierno no sólo es un despilfarro de recursos sino que será absolutamente ineficaz en sus presuntos propósitos y deja patente la absoluta incapacidad por parte del ejecutivo de entender los tiempos y motores de la Era Digital.

La disposición es una concesión más a la vieja industria del entretenimiento en detrimento de los derechos fundamentales de la ciudadanía en la era digital.
La ciudadanía no puede permitir de ninguna manera que sigan los intentos de vulnerar derechos fundamentales de las personas, sin la debida tutela judicial efectiva, para proteger derechos de menor rango como la propiedad intelectual. Dicha circunstancia ya fue aclarada con el dictado de inconstitucionalidad de la ley Corcuera (o ley de patada en la puerta). El Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet, respaldado por más de 200 000 personas, ya avanzó la reacción y demandas de la ciudadanía antes la perspectiva inaceptable del gobierno.
Para impulsar un definitivo cambio de rumbo y coordinar una respuesta conjunta, el 9 de enero se ha constituido la “Red SOStenible” una plataforma representativa de todos los sectores sociedad civil afectados. El objetivo es iniciar una ofensiva para garantizar una regulación del entorno digital que permita expresar todo el potencial de la Red y de la creación cultural respetando las libertades fundamentales.

En este sentido, reconocemos como referencia para el desarrollo de la era digital, la Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento, un documento de síntesis elaborado por más de 100 expertos de 20 países que recoge los principios legales fundamentales que deben inspirar este nuevo horizonte.
En particular, consideramos que en estos momentos es especialmente urgentes la implementación por parte de gobiernos e instituciones competentes, de los siguientes aspectos recogidos en la Carta:

1 – Las/os artistas como todos los trabajadores tienen que poder vivir de su trabajo (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo B. “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta);
2 – La sociedad necesita para su desarrollo de una red abierta y libre (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo D “Acceso a las infraestructuras tecnológicas”, de la Carta);
3 – El derecho a citar y el derecho a compartir tienen que ser potenciado y no limitado como fundamento de toda posibilidad de información y constitutivo de todo conocimiento (referencia punto 2 “Demandas legales”, párrafo A “Derechos en un contexto digital”, de la Carta);
4 – La ciudadanía debe poder disfrutar libremente de los derechos exclusivos de los bienes públicos que se pagan con su dinero, con el dinero publico (referencia punto 2 “Demandas legales”, párrafo C “Conocimiento común y dominio público”, de la Carta);
5 -Consideramos necesaria una reforma en profundidad del sistema de las entidades de gestión y la abolición del canon digital (referencia punto 2 “Demandas legales”, párrafo B. “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta).

Por todo ello hoy se inicia la campaña INTERNET NO SERÁ OTRA TELE y se llevarán a cabo diversas acciones ciudadanas durante todo el periodo de la presidencia española de la UE.
Consideramos particularmente importantes en el calendario de la presidencia de turno española el II Congreso de Economía de la Cultura (29 y 30 de marzo en Barcelona), Reunión Informal de ministros de Cultura (30 y 31 de marzo en Barcelona) y la reunión de ministros de Telecomunicaciones (18 a 20 de abril en Granada).
La Red tiene previsto reunirse con representantes nacionales e internacionales de partidos políticos, representantes de la cultura y legaciones diplomáticas.

Firmado Red SOStenible
http://Red-SOStenible.net
http://Red-SOStenible.net/colabora/

La Red Sostenible somos todo. Si quieres adherirte a este texto, cópialo, blogguéalo, difúndelo.

Written by emiligene

enero 12th, 2010 at 9:46 pm

Ciudadanos digitales: culpables mientras (aunque) se demuestre lo contrario

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La instauración del canon, en nombre de los sacrosantos derechos de autor que sin embargo administran unos cuantos intermediarios, fue sólo un anticipo. Algo así como una forma de sentar jurisprudencia.
Que venía a decir algo así como que todos los consumidores de dispositivos digitales debemos pagar un impuesto en concepto de castigo preventivo y no reversible. No importa que puedas demostrar que aquel CD que compraste lo has usado para hacer un backup de documentos propios: no existe tal posibilidad de inocencia diferida. Te declaran culpables, pagas unos céntimos para que no te fichen ni persigan, y te perdonan la vida.

El mismo principio que ahora aplica el Ministerio de Cultura, bajo la presión de sociedades gestoras y discográficas. No hay lugar para la sorpresa ni para el escándalo, ya que esta segunda medida se inspira en la primera. Mismos protagonistas, mismo planteamiento.
Primero se cerrará de forma fulminante la web sospechosa, después vendrá el juicio con la lentitud inevitable del sistema judicial.
¿Culpables mientras no se demuestre lo contrario? Más aún: la primera medida sentaba un principio de jurisprudencia que incluso negaba la demostración de inocencia.

De ahí que la ministra y ZP se muestren tan paternalistas y angelicales: han rebajado la presión totalitaria que supone el canon, atendiendo ahora las quejas de los internautas.

Nos habían enseñado de pequeños que la democracia se basa en la división de poderes. La politización de la justicia es tan perniciosa como la judicalización de la política.
Sin embargo, con la ley de economía sostenible, la retórica progresista se hará insostenible. Mientras el Gobierno legisla en un sentido, los jueces llevan años dictando sentencias en el contrario: no hay delito en el hecho de compartir archivos sin ánimo de lucro.

Imagen tomada de The best music

Written by emiligene

enero 12th, 2010 at 6:58 pm

Posted in derechosDeAutor

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OneSwarm, conexiones P2P encriptadas y ocultadas

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oneswarm_header

OneSwarm es una de las alternativas al ataque contra la compartición de archivos desatada por discográficas, sociedades de autor, Gobiernos como el de Irlanda y operadoras o proveedores de acceso a Internet.

Basado en Azureus (y por tanto en Java, lo cual lo hace un tanto lento y pesado), OneSwarm oculta las IPs de destino y origen en el intercambio de archivos, además de encriptar como hace BitTorrent: una darknet como es Freenet, con quien comparte el principio de confianza. Para compartir archivos debes conocer la llave pública de otros usuarios (puedes encontrar llaves en el Foro del programa), y proporcionar tú la tuya (la encontrarás en Friends > Ad friends > Add friends manually using public keys > Next)

Una vez decargado el programa, debes acceder a la dirección:

http://127.0.0.1:29615

Vía Menéame

Written by emiligene

febrero 25th, 2009 at 1:17 pm

Posted in p2p

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