1 Noviembre, 2006

Descargar música sin ánimo de lucro es legal

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La juez de lo Penal número 3 de Santander, Paz Aldecoa, así lo ha confirmado con una sentencia que absuelve a un internauta acusado del delito inexistente p2p, que algunas discográficas y organizaciones se empeñan en reivindicar.
El derecho a la privacidad.
El malhechor que intercambiaba música por Internet había sido llevado a los tribunales por el propio Ministerio Fiscal, la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (Afyve), y la Asociación Española de distribuidores y editores de software de entretenimiento (Adese).
La pena que solicitaban no tiene pérdida: dos años de cárcel, 7.200 euros de multa y al pago de una indemnización de 18.361 euros a Afyve y de otra en la cantidad que se acreditase posteriormente a Adese y a Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos de Ambito Nacional (Adivan).
Sin embargo, la jueza de Santander encargada del caso ha absuelto al acusado sin ningún tipo de contraprestación, por entender que descargar y compartir música en Internet no es delito, si no existe ánimo de lucro, y además tal conducta está amparada por el derecho de copia privada.

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(Puedes complementar la noticia con el post que publica también hoy Mangas Verdes, destacando algunas frases de una circular publicada en mayo por el Ministerio Fiscal y que recoge la misma doctrina penal: el intercambio de ficheros sin ánimo de comercialización no es delito.

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